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San Vicente de la Sonsierra

Registro municipal de animales de compañía

En agosto entró en vigor la Nueva Ordenanza Municipal Reguladora de la tenencia de animales de compañía en el entorno humano. Si vives en el municipio o tienes un perro que pasa más de tres meses al año aquí, tienes la obligación de inscribirlo en el Registro municipal.

En cumplimiento de la Ordenanza Municipal Reguladora de la tenencia de animales de compañía en el entorno humano, cuya aprobación definitiva fue publicada en el BOR Nº 94 del 10.08.2018, es necesario realizar un censo municipal en el que se deberán inscribir todos los cánidos que se encuentren más de 3 meses al año en el término municipal de San Vicente de la Sonsierra, con independencia del lugar de residencia del propietario o poseedor, tenga o no consideración de animales potencialmente peligrosos.

         Para la inscripción en el censo es necesario presentar la solicitud cumplimentada en el registro del Ayuntamiento adjuntando la siguiente documentación:

  • DNI / Pasaporte / Tarjeta de residencia (personas físicas) o del representante legal, cuando se trate de personas jurídicas.  Deberá de presentar escritura de constitución de Entidad Jurídica y número de identificación fiscal, si el propietario no es una persona física.
  • Cartilla sanitaria actualizada en la que conste el número de microchip y el calendario de vacunación

Para animales peligrosos, además:

  • Declaración responsable de no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal, así como de no haber sido sancionado por infracciones en materia de tenencia de animales, ni privado de capacidad por cesión administrativo o judicial.
  • Localización de los locales o viviendas que habrán de albergar a los animales, con indicación de las medidas de seguridad adoptadas.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales de estas características, expedido por psicólogo titulado dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la solicitud de la licencia administrativa.
  • Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, ciento veinte mil doscientos dos euros y cuarenta y dos céntimos (120.202,42 euros).
  • La ficha o documento de identificación reglamentaria, la cartilla sanitaria actualizada, certificado veterinario de esterilización, en su caso, y declaración responsable de los antecedentes de agresiones o violencia con personas u otros animales en que haya incurrido.

 Las solicitudes se podrán realizar de manera presencial o telemática antes del 31 de enero de 2019.  La no inscripción en el Registro Municipal se considera una infracción leve que pudiera ser sancionada con una multa de 100,00 a 300,00 euros

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