NORMATIVA SOBRE LAS QUEMAS AGRÍCOLAS
Os recoramos las nuevas instrucciones del Equipo de Prevención Integral de Incendios Forestales de La Rioja (EPRIF) sobre las quemas agrícolas y su normativa. La localidad se encuentra incluída dentro de los municipios con predominio de terrenos forestales y respecto a las autorizaciones de quemas agrícolas (sarmientos, rastrojos, etc.), la localidad se divide en dos zonas; una en la que la quema se autoriza directamente por el Agente Forestal y otra en la que es el Ayuntamiento de San Vicente de la Sonsierra quien da la autorización.
La época de riesgo bajo/moderado va desde el 16 de noviembre hasta el 30 de junio. Para solicitar un permiso de quema hay que acudir al Ayuntamiento con información exacta del polígono y la parcela donde se vaya a realizar. Tras comprobar la ubicación de la parcela:
- Si es competencia del Ayuntamiento, se otorgará el permiso para realizar la quema, transcurridos al menos dos días hábiles desde la solicitud. La autorización tendrá una vigencia de 15 días hábiles y se deberán cumplir las condiciones indicadas en el permiso. Como novedad a partir de ahora "Previamente al inicio de la quema se deberá llamar al teléfono 085 señalando el lugar y hora de comienzo". El Ayuntamiento autoriza el uso del fuego en todas las parcelas de los polígonos 22, 25, 26 y 31.
- Si es competencia del Agente Forestal, el solicitante debéra llamarle directamente, con información exacta del polígono y la parcela donde se vaya a realizar. El Agente Forestal autoriza el uso del fuego (cualquier tipo de uso, quema o fogata) en todas las parcelas de los polígonos 1, 3, 28, 33, 34, 35, 26, 37 y 38. El Agente Forestal de la Zona es Jon Martínez, y su telefóno 648256649. (Agente de apoyo Miguel Angel Crespo tlf 699982295). El resto de los polígonos son mixtos (parte de las autorizaciones las da el Ayuntamiento y parte el Agente Forestal)
Documentos de interés: